<link rel="stylesheet" href="styles.cf390c6bfbe7555f.css">

Análisis de la Sentencia T-230 de 2020, en el marco del uso de redes sociales para el ejercicio del derecho de petición

Loading...
Thumbnail Image

Date

item.page.advisor

item.page.extent

46 páginas
46

item.page.citation-export.title

Journal Title

Journal ISSN

Volume Title

Publisher

Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA)

Abstract

Al realizar una identificación de límites interpretativos de la Sentencia T 230 de 2020, encontramos que la decisión de la Corte deja un espacio en la construcción normativa en cuanto a la posición que ocupan las redes sociales de las entidades públicas, al no pronunciarse sobre las redes sociales de los servidores públicos, que en ultimas representan a la Entidad a la que pertenecen, toda vez que, si bien la precitada Sentencia, modifica el marco legal establecido por el legislador frente al asunto, no regula el quehacer de las redes privadas de dichos funcionarios o de ciudadanos que acceden al espacio público llevando consigo las redes sociales personales ya establecidas. Lo anterior, deja entrever una laguna jurídica en torno al alcance de las redes sociales de los servidores públicos respecto al derecho de petición y la personalidad jurídica digital y la física.

Description

item.page.subject.controlled

Citation

Endorsement

Review

Supplemented By

Referenced By

Creative Commons license

Except where otherwise noted, this item's license is described as info:eu-repo/semantics/openAccess