Ponderación de derechos en la inspección corporal
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Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA)
Abstract
La Ley 906 de agosto de 2004, código de procedimiento penal, permite a lasautoridades inspeccionar y registrar, aún contra el consentimiento del ciudadano, el cuerpo humano en busca de evidencias o elementos materiales probatorios. Así lo establecen los cánones 247, 248, 249 y 250. Esta práctica legal, cuando no es consentida, lesiona el principio de dignidad humana que conlleva derechos de estirpe constitucional y legal como la presunción de inocencia, el derecho a la intimidad, la carga probatoria a cargo del Estado y la afectación del artículo 12 Superior. De otra parte, existe otra posición diferente y contraria a la anterior. Considera que la lesión de derechos y principios ocasionada por la inspección y registro del cuerpo humano se enfrenta, de un lado, a la obligación del Estado de proteger, por medio de las autoridades, a todas las personas residentes en el territorio patrio y concomitante con ésta la prevalencia constitucional del interés general de la comunidad, en este aspecto, a conocer la verdad, a investigar los delitos, a que se reparen lo daños por la comisión de ilícitos y a la seguridad
