Pensión de sobreviviente
No hay miniatura disponible
Fecha
2019
Autores
Upegui Rúa, Sara
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA)
Resumen
A partir de la promulgación de la Constitución Política Colombiana del año 1991, se pudo visualizar un cambio no solo normativo, sino social, debido a que mediante el preámbulo y el artículo 1º de la Constitución Política se comienza a concebira Colombia como un Estado Social de Derecho, democrático, participativo y pluralista, teniendo como eje central el respeto por la dignidad humana de cada uno de sus habitantes. Teniendo claro lo anterior,destaco la importancia de este trabajo para constatar el respeto de los derechos que tienen las personas homosexuales, enfocándome especialmente en el derecho que tienen a ser acreedores de la pensión de sobrevivientes o pensión sustituta, ya que estas personas al ser ciudadanos colombianos se les debe garantizar sus derechos fundamentales a la seguridad social, dignidad humana y a la igualdad. Analizando la protección de los derechos antes mencionados, se hace necesario resaltar las leyes que regulan dicha materia, como lo son la ley 100 de 1993 y la ley 797 de 2003, ya teniendo certeza de cuáles son las leyes, procederé a analizar por medio de sentencias de la corte constitucional su respectiva interpretación y postura. Es necesario realizar una línea jurisprudencial sobre el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes o pensión sustitutiva en la corte constitucional, ya que lo anterior es el escenario del presente trabajo; de esta manera, se entenderánlas diferentes posturas del órgano encargado de darle control constitucional a todas las normas expedidas en el país. Este tema es de vital importancia para el desarrollo de derechos fundamentales como la dignidad humana, el libre desarrollo de la personalidad y la seguridad social, toda vez que el cumplimiento de estos derechos, facilitanel cumplimiento de los fines del Estado Social de Derecho, el cuál es garantizar la protección de la dignidad humana de todos sus habitantes, además de el libre desarrollo de la personalidad de los mismos.