Teoría de la imprevisión en el contrato estatal
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Fecha
2006
Autores
Franco Espinosa, Erika Alejandra
Título de la revista
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Editor
Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA)
Resumen
Uno de los elementos que debe concurrir para que se configure la teoría de la imprevisión, es la causalidad adecuada, es decir, aquella relación de causalidad entre el fenómeno extraordinario y la ruptura de la equivalencia económica del contrato. Es precisamente este elemento el que impide que en la práctica se torne efectiva la aplicación de la institución jurídica teoría de la imprevisión por cuanto permite que una de las partes se exonere de la obligación de indemnizar cuando alega de un lado que la ruptura de la equivalencia económica del contrato fué consecuencia de un manejo indebido del contrato o de una deficiente gestión administrativa, técnica o financiera y por otro se limita o reduce el monto de la obligación indemnizatoria probando que la ruptura de la equivalencia económica del contrato fue consecuencia del fenómeno extraordinario y del manejo indebido del contrato por la parte afectada. En esta situación la obligación de reparar el déficit económico se distribuirá entre las dos partes contratantes teniendo a consideración las circunstancias que se presentan en cada caso en particular.