Proyecto de investigación : línea jurisprudencial
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Fecha
2015
Autores
Sánchez Vergara, Sara Melissa
Título de la revista
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Editor
Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA)
Resumen
Nuestro código civil define la figura de la lesión enorme en su artículo 1947° ‘’El vendedor sufre lesión enorme cuando el precio que recibe es inferior a la mitad del justo precio de la cosa que vende; y el comprador a su vez sufre lesión enorme, cuando el justo precio de la cosa que compra es inferior a la mitad del precio que paga por ella. El justo precio se refiere al tiempo del contrato’’. En Colombia la figura de la lesión enorme ha sido de rasgo objetivo, quiere decir, que dicha figura se configura con el desequilibrio económico existente en las prestaciones ya sea para el vendedor o para el comprador, teniendo en cuenta que ese desequilibrio económico siempre será mirado respecto del rasero del justo precio de la cosa que es vendida o pagada