Tratamiento del dolo eventual en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia

No hay miniatura disponible
Fecha
2018
Autores
Henao Marín, Argemiro
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA)
Resumen
Del estudio doctrinario y jurisprudencial, en lo relacionado con el desarrollo del principio de duda al condenar al procesado por homicidio con dolo eventual, se comparó la forma de fundamentar y argumentar de parte de los Jueces, al emitir la respectiva Sentencia. Para lograr el objetivo general se estudiaron y analizaron 4 casos, de las sentencias, 1). CSJ. SCP, del 21 de febrero de 2018, proceso: 51038, M.P. José Francisco Acuña Vizcaya; 2). CSJ. SCP, del 23 de noviembre de 2017, proceso: 37638, M.P. Fernando León Bolaños Palacios. 3). CSJ. SCP, del 25 de agosto de 2010, proceso: 32964, M.P. José Leónidas Bustos Martínez; 4). CSJ. SCP, del 8 de septiembre de 2004 proceso: 20073, M.P. Yesid Ramírez Bastidas; una vez estudiados y analizados, se concluyó que la Corte Suprema de Justicia se inclinó por la tesis que defiende, que ?La probabilidad tiene por objeto el elemento intelectual del dolo. Por cuanto es difícil demostrar en el dolo eventual el elemento volitivo de querer el resultado, la teoría de la probabilidad admite la existencia de dolo eventual cuando el autor se representa el resultado como de muy posible producción y a pesar de ello actúa, admita o no su producción.? Siempre en cada uno de los casos para desvirtuar el principio de duda, la Corporación, fue muy cuidadosa en lo convincente de la prueba, que es de donde se afina la toma de cada decisión en este caso que nos ocupa.
Descripción
Palabras clave
Citación