Operancia de la solución de continuidad a partir de la CE-SUJ2-005 de 2016 en las sentencias del Consejo de Estado cuando conoce de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho para declarar el contrato realidad : 2016-2018.

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Fecha
2021
Autores
Avendaño Duque, Ana Isabel
Pérez Echeverri, Luis Guillermo
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Editor
Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA)
Resumen
Descripción
El contrato de prestación de servicios, es utilizado por las entidades públicas a partir de la Ley 80 de 1993, con el fin de darle operatividad al Estado, en algunos de los casos, dicho contrato oculta una verdadera relación laboral y gracias al principio de realidad sobre las formas e irrenunciabilidad a los derechos laborales mínimos, el contratista afectado, puede reclamar de la jurisdicción el reconocimiento del contrato realidad; es así como el Consejo de Estado, se ha manifestado al respecto unificando criterios, creando subreglas para identificar cuando se configura; es así como en los años 2009 y 2016 unificó algunos criterios, aunque dejando vacíos, como es la solución de continuidad, es decir el tiempo que debe transcurrir entre la terminación de un contrato de prestación de servicios y la celebración del otro, para que se pueda declarar o no la existencia del contrato realidad. Haciendo un examen exhaustivo de las decisiones del Consejo de Estado entre los años 2016 – 2018, encontramos que no existe unificación de criterios al respecto y que por el contario nos encontramos con tres posiciones totalmente disímiles.
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