El derecho a conocer el propio origen biológicos de un hijo nacido a través de las Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA) Heterólogas: desafíos éticos y jurídicos en Colombia

No hay miniatura disponible
Fecha
2025
Autores
Morales Vergara, Lina María
González Toro, Dennys Yazmid
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA)
Resumen
La presente investigación examina críticamente la tensión que surge en Colombia entre el deber de confidencialidad de los donantes de gametos y el derecho de los individuos nacidos mediante técnicas de reproducción asistida heteróloga a conocer su origen biológico. A través de un análisis normativo y jurisprudencial, se identifica cómo la Constitución de 1991 (arts. 15 y 20) y la Ley 1098 de 2006 (art. 19) reconocen el derecho a la identidad y a la información, mientras que la Decreto 1546 de 2009 carece de disposiciones claras que faciliten el acceso de los sujetos heterólogos a datos genéticos indispensables para su autocomprensión y prevención de riesgos hereditarios. Metodológicamente, se realiza una revisión doctrinal de pronunciamientos de la Corte Constitucional —entre ellos las sentencias T-968/09, T-357/22 y T-274/24— para evaluar cómo dichos fallos han interpretado el balance entre el anonimato del donante y la dignidad del nacido, así como un estudio comparado que analiza modelos legislativos extranjeros, especialmente el esquema argentino de acceso escalonado al registro de donantes. Los resultados muestran que, a pesar de avances jurisprudenciales que reconocen la necesidad de revelar información genética bajo criterios de beneficio para el nacido, persisten vacíos regulatorios y asimetrías territoriales que impiden la efectiva implementación de dichos lineamientos en regiones sin infraestructura adecuada. Además, se evidencian resistencias socioculturales en comunidades indígenas y afrodescendientes, donde la confidencialidad se concibe como salvaguarda de un legado colectivo. En respuesta, se propone la instauración de un ente rector interdisciplinario (juristas, genetistas, psicólogos y representantes étnicos) encargado de administrar un banco estatal de datos sensibles, definir protocolos de acceso escalonado y garantizar acompañamiento psicosocial. Asimismo, se recomienda incluir en el presupuesto nacional los recursos necesarios para financiar la gratuidad de las pruebas genéticas. En conclusión, para conciliar los principios bioéticos de autonomía, beneficencia, justicia y confidencialidad, es imprescindible adoptar una regulación integral que contemple criterios objetivos de revelación paulatina de información, salvaguarde la salud mental de los solicitantes y preserve el anonimato voluntario del donante, a fin de tutelar efectivamente el interés superior del niño y fortalecer su identidad personal.
Descripción
Palabras clave
Citación
Colecciones