El Leasing, ¿una estrategia tributaria en el impuesto de renta?
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Fecha
2004
Autores
Quintero Sánchez, Adona
Alzate Loaiza, Anderson
Torres Roldan, Mery
Título de la revista
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Editor
Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA)
Resumen
Descripción
Adquirir activos a través de la modalidad de leasing se ha vuelto muy común en
los últimos tiempos como mecanismo para el crecimiento de las empresas que
debido a la falta de liquidez y de capital de trabajo no pueden financiar con
recursos propios la adquisición de estos bienes.
Este sistema permite una especie de colaboración entre el arrendador y el
arrendatario o locatario, por una parte el arrendador asegura una remuneración
fija al capital invertido, pero además es propietario de los bienes de capital y no
participa en los riesgos de producción porque los deja a cargo del arrendatario o
locatario.
En algunos países miran las operaciones de leasing con cierto recelo porque al
no figurar los compromisos de pago en el balance (leasing operativo) el negocio
se convierte en una especie de crédito no declarado y solo mediante un
minucioso estudio de las cuentas de resultados es posible deducir la existencia
de tales obligaciones.
Por este motivo, en países donde el leasing es corriente y alcanza sumas
elevadas, se ha exigido su revelación en las notas a los Estados Financieros tal
como lo establece la Norma Internacional de Contabilidad (NIC 17).
En Colombia el Decreto 2649 de 1993 también contempla esta situación y
determina que no sólo se revele en las notas a los Estados Financieros, sino
que para el caso del Leasing Operativo se registre también esta operación en
Cuentas de Orden.
Este análisis monográfico analiza básicamente dos de las modalidades
existentes en los contratos del leasing: el financiero y el operativo, sus
antecedentes históricos, la normatividad contable nacional e internacional y la
reglamentación en materia fiscal que el Gobierno Nacional ha determinado para
este tipo de contratos.
El contrato de leasing es una herramienta útil tanto en la toma de decisiones
administrativas como financieras, entendiéndose dentro de esta última, el
ahorro en impuestos que se deriva de una buena planeación fiscal, al utilizar
efectivamente los beneficios consagrados en las normas tributarias. Se considera como principal beneficio la deducción del 30% del valor de las
inversiones efectivamente realizadas en activos fijos reales productivos,
definido en el artículo 158-3 del Estatuto Tributario el cual se analiza a profundidad en esta monografía, con el fin de orientar a los contribuyentes
declarantes del impuesto en la renta sobre las ventajas o desventajas que
pueden obtener al utilizar este tipo de contratos como mecanismo de
planeación tributaria y con el único objetivo de disminuir la tasa efectiva del
impuesto sobre la renta.
Es importante que el contribuyente logre determinar si al hacer esta inversión se
beneficia o por el contrario, esta frente a un proyecto de inversión no factible en
búsqueda de un ahorro fiscal, que al momento de elaborar la declaración de
renta, no signifique la disminución en impuestos que espera, porque no
consideró todos los requisitos o simplemente porque las condiciones normales
de la empresa o del mercado eran adversas a la aplicación de este estímulo.