El Leasing, ¿una estrategia tributaria en el impuesto de renta?

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Fecha
2004
Autores
Quintero Sánchez, Adona
Alzate Loaiza, Anderson
Torres Roldan, Mery
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Editor
Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA)
Resumen
Descripción
Adquirir activos a través de la modalidad de leasing se ha vuelto muy común en los últimos tiempos como mecanismo para el crecimiento de las empresas que debido a la falta de liquidez y de capital de trabajo no pueden financiar con recursos propios la adquisición de estos bienes. Este sistema permite una especie de colaboración entre el arrendador y el arrendatario o locatario, por una parte el arrendador asegura una remuneración fija al capital invertido, pero además es propietario de los bienes de capital y no participa en los riesgos de producción porque los deja a cargo del arrendatario o locatario. En algunos países miran las operaciones de leasing con cierto recelo porque al no figurar los compromisos de pago en el balance (leasing operativo) el negocio se convierte en una especie de crédito no declarado y solo mediante un minucioso estudio de las cuentas de resultados es posible deducir la existencia de tales obligaciones. Por este motivo, en países donde el leasing es corriente y alcanza sumas elevadas, se ha exigido su revelación en las notas a los Estados Financieros tal como lo establece la Norma Internacional de Contabilidad (NIC 17). En Colombia el Decreto 2649 de 1993 también contempla esta situación y determina que no sólo se revele en las notas a los Estados Financieros, sino que para el caso del Leasing Operativo se registre también esta operación en Cuentas de Orden. Este análisis monográfico analiza básicamente dos de las modalidades existentes en los contratos del leasing: el financiero y el operativo, sus antecedentes históricos, la normatividad contable nacional e internacional y la reglamentación en materia fiscal que el Gobierno Nacional ha determinado para este tipo de contratos. El contrato de leasing es una herramienta útil tanto en la toma de decisiones administrativas como financieras, entendiéndose dentro de esta última, el ahorro en impuestos que se deriva de una buena planeación fiscal, al utilizar efectivamente los beneficios consagrados en las normas tributarias. Se considera como principal beneficio la deducción del 30% del valor de las inversiones efectivamente realizadas en activos fijos reales productivos, definido en el artículo 158-3 del Estatuto Tributario el cual se analiza a profundidad en esta monografía, con el fin de orientar a los contribuyentes declarantes del impuesto en la renta sobre las ventajas o desventajas que pueden obtener al utilizar este tipo de contratos como mecanismo de planeación tributaria y con el único objetivo de disminuir la tasa efectiva del impuesto sobre la renta. Es importante que el contribuyente logre determinar si al hacer esta inversión se beneficia o por el contrario, esta frente a un proyecto de inversión no factible en búsqueda de un ahorro fiscal, que al momento de elaborar la declaración de renta, no signifique la disminución en impuestos que espera, porque no consideró todos los requisitos o simplemente porque las condiciones normales de la empresa o del mercado eran adversas a la aplicación de este estímulo.
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