Las rentas exentas y los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional

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Fecha
2005
Autores
Alzate Velásquez, Sonia
Botero Viana, Jhon
Cárdenas Ortiz, Hernán Darío
Ocampo Vásquez, Adriana Magali
Título de la revista
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Editor
Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA)
Resumen
Descripción
Los impuestos en Colombia tienen su soporte legal en la Constitución Política de Colombia. El numeral 9 del art. 95 estipula los deberes y obligaciones de todas las personas y ciudadanos ante la Constitución y la ley concretamente “contribuir al funcionamiento de los gastos e inversión del Estado dentro de los conceptos de justicia y equidad”, es decir, como fuente de la obligación tributaria y, por ende, cuando una persona natural o jurídica presenta una declaración tributaria, está simplemente cumpliendo con lo preceptuado por la Constitución. El Estado colombiano tiene un tratamiento especial otorgando beneficios fiscales como los las exenciones, deducciones e ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional. Estos beneficios se le otorgan a contribuyentes y sectores económicos que se consideran claves para el crecimiento y desarrollo de la economía y que colaboran al estado a cumplir sus fines como el de la inversión. No obstante, aunque disminuyen el recaudo tributario, se espera que cumplan con el objetivo para el cual fueron creados.
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