Las rentas exentas y los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional
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Fecha
2005
Autores
Alzate Velásquez, Sonia
Botero Viana, Jhon
Cárdenas Ortiz, Hernán Darío
Ocampo Vásquez, Adriana Magali
Título de la revista
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Editor
Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA)
Resumen
Descripción
Los impuestos en Colombia tienen su soporte legal en la Constitución Política de
Colombia. El numeral 9 del art. 95 estipula los deberes y obligaciones de todas
las personas y ciudadanos ante la Constitución y la ley concretamente “contribuir
al funcionamiento de los gastos e inversión del Estado dentro de los conceptos de
justicia y equidad”, es decir, como fuente de la obligación tributaria y, por ende,
cuando una persona natural o jurídica presenta una declaración tributaria, está
simplemente cumpliendo con lo preceptuado por la Constitución.
El Estado colombiano tiene un tratamiento especial otorgando beneficios fiscales
como los las exenciones, deducciones e ingresos no constitutivos de renta ni
ganancia ocasional. Estos beneficios se le otorgan a contribuyentes y sectores
económicos que se consideran claves para el crecimiento y desarrollo de la
economía y que colaboran al estado a cumplir sus fines como el de la inversión.
No obstante, aunque disminuyen el recaudo tributario, se espera que cumplan con
el objetivo para el cual fueron creados.