Devolución del impuesto a las ventas IVA en productos exentos pecuarios

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Fecha
2007
Autores
Patiño Ortega, Juan Carlos
Hoyos Giraldo, Jaime Andrés
Título de la revista
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Editor
Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA)
Resumen
Descripción
Al nacer el impuesto nace una obligación para todos los consumidores de un estado, donde las compras y servicios que se adquiere, tiene como adición un porcentaje que le pertenece a un tercero llamado nación. En el territorio colombiano las compras para la producción de bienes exentos como son las leches, quesos, carnes, huevos entre otros, son gravadas con el impuesto a las ventas, pero dicho impuesto podrá ser reclamado cada bimestre, después de ser presentada la declaración del impuesto a las ventas. El proceso para la devolución del impuesto a las ventas, debe ser por medio de unos requisitos que solicita la administración de impuestos y aduanas nacionales DIAN, donde se debe cumplir cada uno de ellos, como el soporte del impuesto cobrado y efectivamente pagado, para la producción de dichos bienes. Las actividades ejecutadas para la producción de bienes exentos pecuarios, como es el caso de la leche, la carne, los huevos entre otros, debe ser sectorizada en cada momento de la producción, ya que existen momentos de la fabricación de dichos bienes en que el impuesto a las ventas es un mayor valor del bien que origina este producto, generando confusión y demoras para la devolución del impuesto efectivamente pagado. La administración de impuestos y aduanas nacionales, para poder generar el reintegro del impuesto a las ventas declarado, revisará los soportes que se suministran para la devolución, comparándolos con el proveedor del insumo, adicional a esto verificará que este documento soporte este efectivamente pagado por parte del productor; en caso de no ser así, le será rechazada o inadmitida la solicitud de devolución.
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