La justicia premial : instrumentos para resolver los problemas de presentación voluntaria
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Fecha
2018
Autores
Vásquez Pérez, Reynel
Giraldo Castaño, Jorge Federico
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Editor
Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA)
Resumen
Con la presente investigación, se realizó un acercamiento teórico jurídico, que permitió fundamentar porqué la aplicación de la justicia premial es un mecanismo previsto en el nuevo Sistema Penal Acusatorio, que puede servir para resolver los problemas jurídicos que se suscitan frente al fenómeno de la presentación voluntaria.
En ésta, se abordaron temas sobre el derecho a la libertad, los límites a su ejercicio, las posibilidades existentes para restringirlo en estricto acatamiento de principios de reserva legal y judicial; la facultad que tiene el juez de control de garantías para limitar y reconocer derechos y garantías en el ejercicio jurisdiccional dentro del contexto de la justicia premial, que en nuestra legislación consagra algunos beneficios para los casos de terminación anticipada del proceso por renuncia reciproca de intereses. garantías para limitar y reconocer derechos y garantías en el ejercicio jurisdiccional dentro del contexto de la justicia premial, que en nuestra legislación consagra algunos beneficios para los casos de terminación anticipada del proceso por renuncia reciproca de intereses. Consideramos que la tesis aquí expuesta, puede servir de base doctrinal, para que en la aplicación de este tipo de justicia premial se regulen efectivamente las garantías, mecanismos y presupuestos, inclusive en casos parecidos, para que el presunto infractor de la ley penal, que desee apartarse del crimen y presentarse ante las autoridades para responder por sus acciones, sin que obre en su contra orden de captura y menos aún, sin haber sido sorprendido en situación de flagrancia, pueda disponer en forma libre, consiente y voluntaria, a su derecho a la libertad y de esta forma comparecer ante las autoridades judiciales, a efectos de ser vinculado formalmente al proceso y resolver su situación jurídica, recibiendo una contraprestación del Estado por ese acto de constricción, de modo que puede ser un factor, que incida en la valoración de los fines constitucionales para la imposición de una medida de aseguramiento, ante el riesgo de no comparecencia o el quantum punitivo ante una eventual sentencia condenatoria. La propuesta investigativa planteada es pertinente, porque se trata de un fenómeno recurrente en los escenarios judiciales en Colombia, casos en los que, ante la comisión de delitos indeterminados, no existe un sujeto pasivo vinculado al proceso penal ni cobijado con una medida de aseguramiento, pero que, por motivos personales como el arrepentimiento deciden colaborar con la administración de justicia. A manera de conclusión, una acuciosa implementación del derecho premial no sólo resolvería los problemas de hacinamiento en las cárceles sino que le daría al aparato judicial un respiro frente a la estructuración y ejecución de juicios abiertamente innecesarios, como el de reducir los márgenes de impunidad. En todos los casos, no opera la aplicación de la justicia premial, toda vez que aquel que quiera acogerse a este nuevo sistema debe tener plena conciencia y voluntad no solo para aceptar los cargos, sino, en el caso concreto, de comparecer con el fin de ayudar a esclarecer los hechos objeto de las causas penales. La mera confesión del sujeto activo, no es la garantía para la aplicación de la justicia premial, esta debe ser analizada por el juez de control de garantías o de conocimiento, argumentando y decidiendo conforme al análisis previo de las circunstancias particulares en que ha sucedido el asunto propuesto a su conocimiento así como de su naturaleza, gravedad y eficacia.