Criterios fijados por la jurisprudencia de la Sección Tercera del Consejo de Estado para establecer la conexidad de la actuación de los miembros de la Policía Nacional con el servicio público en la responsabilidad extracontractual del Estado

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Fecha
2017
Autores
Reyes Rojas, Carlos Alberto
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Editor
Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA)
Resumen
Descripción
Que el soberano sólo responde a Dios o que no se equivoca era la concepción dominante hace varios siglos, impidiendo que los daños causados por la actividad estatal fueran reparados (López, 2007). Este pensamiento empezó a cambiar cuando surgió la idea según la cual el soberano no representaba a Dios y que, más bien, su poder provenía del pueblo en el cual radicaba la soberanía (Bustamante, 2003). De esta manera comienza a encontrarse justificación, en una primera época, a la responsabilidad de los funcionarios públicos quienes cuando obraban contrariando la ley, y causaban daños, tenían a cargo su indemnización (Bustamente, 2003); sin embargo, el sometimiento del Estado y sus funcionarios al principio de legalidad propició una especie de transición de la responsabilidad personal de los funcionarios, a la responsabilidad del Estado, aspecto que en Francia se fundamentó inicialmente en el Código Civil que establecía la responsabilidad de los empleadores por el hecho de sus trabajadores, lo cual se conoció como la responsabilidad indirecta del Estado por culpa in eligendo y culpa in vigilando (Bustamente, 2003).
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