Normativa aplicable a la prescripción de la acción de cobro en infracciones de tránsito

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Fecha
2022
Autores
Gómez Aguirre, Natalia Andrea
Ramírez Vargas, Manuela
Título de la revista
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Editor
Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA)
Resumen
El fenómeno dela prescripción extingue la sanción impuesta por causa de infracciones de tránsito, lo que impidela acción de cobro por parte de la Administración Pública. Al respecto, el Código Nacional de Tránsito Terrestre (Ley 769 de 2002) establece un término de prescripción de tres (3) años, sin embargo, algunas Secretarías de Movilidad aplican el término de prescripción que el Estatuto Tributario (Decreto 624 de 1989) establece para la acción de cobro, el cual es de cinco (5) años. Este trabajo se propuso como objetivo principal determinar la normativa aplicable a la prescripción de la acción de cobro en las infracciones de tránsito, para abordar este tema se hizo necesario analizar los distintos elementos que componen el procedimiento administrativo sancionatorio de tránsito como lo son el comparendo, la foto detección, la notificación personal del comparendo, el fenómeno de la caducidad y su diferencia con la prescripción, la sanción por infracción de las normas de tránsito, así como el mandamiento de pago y su forma de notificación. Se concluye que la prescripción es un fenómeno jurídico establecido en el Código Nacional de Tránsito de manera taxativa en su artículo 159, es así que le corresponde a la Secretaría de Movilidad decretar la prescripcion conforme al término jurídico establecido en la ley,es decir,tres(3) años de prescripción para la infracción de tránsito desde que se cometió y una vez iniciado el cobro coactivo con la notificación del mandamiento de pago se entienden nuevamente tres(3) años para la prescripción y no cinco(5) como indica el Estatuto Tributario(Decreto 624 de 1989).
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