El patrimonio histórico y cultural : una visión social, crítica y legal

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Fecha
2013
Autores
Ossa Giraldo, Olga Patricia
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Editor
Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA)
Resumen
El Patrimonio Histórico Cultural: ES EL ARTE QUE GUARDA O PRESERVA EL PATRIMONIO DE LOS PUEBLOS PARA SIEMPRE (Ars servat patrum perpetuat populum), es decir, que desde siempre los hombres en todas las culturas han realizado creaciones que le son propias y que los identifican en cuanto tal dependiendo de sus circunstancias geográficas, raciales y sociales. La Cultura entendida como aquel conjunto de manifestaciones, valoraciones concepciones y fundamentalmente creaciones de cada pueblo, han sido cada vez más valoradas por la comunidad internacional a tal punto de considerar muchas de estas como un Patrimonio Universal, unido de alguna manera a la esencia y fundamento de los Derechos y de la Dignidad de cada hombre. La UNESCO surge precisamente, en medio de la Organización de las Naciones Unidas, como una Entidad que propende con sus Estados miembros, la Preservación, conservación y Protección del patrimonio Cultural, y es por iniciativa de la misma que se identifican los diferentes Patrimonios Culturales: Patrimonio Histórico y Cultural de la Humanidad, Patrimonio Histórico y Cultural Material (en este rango se incluyen las obras arquitectónicas, arqueológicas, paisajes naturales con arreglos o incursión del hombre entre otros) Patrimonio Histórico y Cultural Inmaterial ( aquí se encuentran reunidas aquellas tradiciones orales, conocimientos ancestrales que son intangibles pero que vive porque el ser humano constantemente echa mano de estos como medio de vida). En Colombia a partir de la Constitución de 1991, específicamente en sus artículos 70, 71, 72, se empieza a generar un desarrollo legal en torno al tema del Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación, y específicamente vale la pena resaltar la Ley 397 de 1997 (Ley general de cultura) y la 1185 de 2008 (Por la cual se modifica y adiciona la Ley 397 de 1997 –Ley General de Cultura– y se dictan otras disposiciones). De estas leyes se han derivado Decretos y Jurisprudencias fundamentalmente de la Corte Constitucional, mediante las cuales se manifiesta que el Patrimonio Cultural goza o, por lo menos, debe gozar de una especial protección del Estado y la Ley, frente a los demás ciudadanos nacionales o extranjeros que quieren explotar o beneficiarse indebidamente de ellos. A pesar de la existencia de estas normas, si comparamos los mecanismos legales utilizados para la protección del Patrimonio Histórico y Cultura con Naciones como Argentina y Méjico, vemos que aún, estamos bastante atrasados, no sólo en mecanismos normativos, sino también en cuanto a la eficacia y apropiación de esos mecanismos, pues se desconoce por parte de los operadores culturales en general los procesos que legalmente, permitan acceder incluso a los rubros, que los entes territoriales, por Ley poseen para efectos de llevar a cabo las actividades que propendan por garantizar, la salvaguarda, protección e incluso la exhibición de los patrimonios culturales.
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